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Elecciones 2019

Qué pasa si no vas a votar: las sanciones de la Justicia

Desde el Tribunal Electoral dieron a conocer en qué situaciones los electores están justificados y quiénes están exentos.

Este domingo 12 de mayo, los cordobeses elegimos gobernador, legisladores, miembros de Tribunal de Cuentas e intendentes en 242 localidades. Un poco más de 2,9 millones de electores estamos habilitados para emitir sufragio: es obligatorio para los mayores de 18 años y menores de 70.

Pero, ¿qué pasa si no asisten? La Justicia Electoral Provincial informó que los únicos casos en los que se encuentran justificados para no votar son:

*Aquellos que por cuestiones de salud o fuerza mayor no puedan concurrir a las urnas deberán presentar un certificado médico (establecimiento sanitario público y en caso de que estén ausentes, acudir al profesional particular).

*Lo mismo sucede con quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del domicilio en el que deben votar. Deberán presentar un certificado ese mismo día ante la autoridad policial más cercana.

*Jueces y auxiliares que estén en el acto comicial también quedan exentos.

*Personal de organismos y empresas de servicios públicos por razones de servicio.

Por ley, votar es un derecho y a la vez una obligación. Por esta razón, la Justicia sancionará a los que no concurran a los comicios y tampoco lo justifiquen. ¿Qué tipo de pena?

*Aparecerán en el registro de infractores al deber de votar

*Serán multados: deberán pagar un 10 por ciento de un Salario Mínimo, Vital y Móvil

*Tendrán prohibido ejercer cargos públicos por un período de seis meses a un año a partir del día de la elección.

¿Qué pasa con cordobeses que deban trabajar ese domingo?

*Tienen derecho a pedir permiso a sus empleadores, solicitando una licencia especial que será de carácter obligatorio y no debe superar el límite de tiempo requerido para ir votar.

Fuente: ElDoce

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