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Se reglamentó la producción de cannabis

Cualquier persona que desee producir, difundir, manipular e importar cannabis medicinal deberá pedir autorización al Instituto Nacional de Semillas (INASE). 

El Gobierno nacional reglamentó las condiciones para el cultivo del cannabis con fines medicinales. Además aclaró que quien deberá controlar la elaboración del aceite medicinal será el Instituto Nacional de Semillas, quien supervisará todas las etapas de cultivo y asignará un técnico responsable.

La disposición se publicó en el Boletín Oficial a través de la Resolución 59/2019 que reglamenta lo aprobado en la ley 27.350 de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, promulgada el 29 de marzo de 2017.

En la normativa se estableció que los controles efectuados por el INASE podrán incluir la inspección física de los órganos de propagación en todo su ciclo de cultivo “así como también de la importación de los órganos de propagación”.

En el Anexo I, donde se detallan las condiciones para el cumplimiento de esta reglamentación, se indicó a su vez que se deberá asignar un “Responsable Técnico a cargo de la producción del cultivo, movimientos y guarda de semillas dentro del predio”. Se aclara, además, que el mismo deberá ser del “área de la producción agrícola o de la investigación científica vegetal”.

Esta nueva reglamentación mejorará el acceso de todos los pacientes que necesitan del aceite cannabico para su tratamiento.

nakasone